Traducciones juradas para trabajadores expatriados

La descentralización de las empresas en un mundo cada vez más globalizado hace que muchos trabajadores de multinacionales vayan a trabajar a otros países donde sus compañías tienen sedes, convirtiéndose en trabajadores expatriados (o impatriados, según sea el caso).

¿Cuál es la diferencia entre trabajadores expatriados e impatriados?

Los expatriados son aquellos que se desplazan fuera de su país para prestar sus servicios a la empresa que pertenecen (o a otra) y, por el contrario, los impatriados son los trabajadores inmigrantes que han sido convocados a trabajar en una empresa en el extranjero. Digamos que todo impatriado es un expatriado en su país de origen y viceversa, todo expatriado es un impatriado en el país de destino.

Este tipo de logística es cada vez más frecuente en todo el mundo y, tanto empresas como trabajadores, han tenido que irse adaptando a estas nuevas condiciones laborales. En España, por ejemplo, para incentivar la llegada de trabajadores extranjeros altamente capacitados que favorezcan a las empresas españolas, se han creado medidas como el Régimen Fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español, expuesto dentro de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Esta movilización de capital humano permite el progreso económico de muchos países que se benefician con profesionales con un nivel de competencia alto. Y, consecuentemente, deriva en trámites internacionales para poder regular estos procesos.

En esta ecuación entran las consultoras especialistas en tributación internacional, auditorías, contabilidad, finanzas o asesorías legales, entre otros servicios que se requieren para la gestión de empresas y trabajadores en el extranjero. No es menor el caudal de particulares que simplemente quieren o necesitan presentar su declaración tributaria en el país donde están residiendo habitualmente.

Dado que los documentos para llevar a cabo dichas gestiones precisan de traducciones juradas para poder ser válidos en el país donde se harán los diferentes trámites administrativos, nuestros servicios como traductores jurados se vuelven indispensables para estas empresas o directamente para los mismos trabajadores desplazados, que también nos contratan.

Traducciones juradas de declaraciones de la renta para empleados expatriados.

La localización de muchas de las empresas está en países que no son de habla hispana y por esta razón todos los documentos referentes a nóminas, declaraciones de impuestos, etc., suelen estar, o bien en el idioma del país en el que se emite, o bien en inglés, y para poder ser presentadas en España ante la Administración Tributaria Española deben traducirse a español.

¿Cuándo se necesita una traducción jurada de la Declaración Fiscal?

Como ya hemos dicho antes, puesto que Hacienda solo admite documentación redactada en español o traducciones juradas firmadas y selladas por un Traductor Jurado certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, es imprescindible hacer las traducciones juradas de la documentación para poder presentarla ante los organismos competentes.

Esto no solo ocurre en España, sino que se hace extensivo a la mayoría de países donde también se solicitan traducciones juradas en el idioma oficial del país cuando se trata de documentos oficiales.

¿Qué es una traducción jurada y por qué necesito un traductor jurado?

Una traducción jurada es una traducción que se hace de un documento oficial que está en un idioma diferente al del país en el que tendrá efecto. Es decir, si usted se encuentra trabajando en Francia y los documentos están redactados en francés, pero necesita presentarlos ante la Agencia Tributaria de España, deberán estar traducidos forzosamente al español para validar su fidelidad. Esto es un requisito indispensable para trámites de carácter administrativo oficial.

Pero no vale cualquier traducción; esta debe hacerla un traductor jurado habilitado como tal por el MAEC, quien, a través de la traducción íntegra y fiel del documento, certifica con su sello y firma la legitimidad del mismo.

Este es un tema que ya hemos tratado en uno de los artículos de nuestro blog y que puede consultar aquí si quiere tener más información detallada y extensa al respecto.

¿Qué tipo de documentos precisan de una traducción jurada además de los ya expuestos?

En V.O. Traducciones contamos con un equipo de traductores profesionales certificados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Llevamos a cabo todo tipo de traducciones juradas de:

– Documentación personal: DNI, pasaportes, permisos de residencia, visados, etc.

– Estado civil: certificado de nacimiento, soltería, matrimonio, divorcio, defunción, libros de familia o antecedentes penales.

– Escrituras, herencias, seguros.

– Expedientes académicos: títulos, diplomas, certificaciones académicas, etc.

– Contratos, nóminas, declaraciones de impuestos, registros contables, cuentas anuales etc.

¿De qué idiomas hacemos traducciones juradas en V.O. Traducciones?

Contamos con un amplio listado de idiomas a los que podemos traducir todos sus documentos oficiales desde el español.

– Inglés

– Francés

– Alemán

– Italiano

– Chino

– Árabe

– Ruso, etc.

Para que podamos prestarle el servicio de traducción jurada que necesita, será imprescindible que nos envíe por correo electrónico a vo@vo-traducciones.com la documentación que requiere traducir, indicando el idioma y si tiene una fecha límite en la que necesitará recibir la traducción jurada.

Una vez la recibamos, le enviaremos en un breve periodo de tiempo el coste del servicio y le indicaremos el mejor plazo en el que podremos entregarla.

La entrega de las traducciones juradas se hacía, hasta hace poco tiempo, exclusivamente en papel: un documento impreso, sellado y firmado por el traductor jurado correspondiente.

De una fecha a esta parte, sobre todo a raíz de la digitalización de los procedimientos forzada por la pandemia que hemos vivido desde principios de 2020, se ha empezado a aceptar la presentación de traducciones juradas de forma digital, bien escaneando la traducción jurada en papel, que hay que generar en todo caso, bien añadiendo al documento electrónico la firma digital del traductor reconocida legalmente y que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, entre otros organismos (véase: https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacion-electronica)

Una vez entregada electrónicamente por parte de V.O. Traducciones al cliente por alguno de los dos medios mencionados, la traducción jurada en papel se hará llegar físicamente a nuestros clientes, bien por correo postal -sin coste para el destinatario-, bien por mensajería, con un coste de unos 10€ a cualquier punto de la península.

Si no encuentra el idioma o servicio que está buscando, o si le surge cualquier otra duda al respecto, pregúntenos sin compromiso y con gusto le responderemos lo antes posible.

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